La protección de la vida no admite excepciones: condena a los ataques estadounidenses en las inmediaciones del Hospital Shahid Baghaei de Ahvaz

GINEBRA – TEHERAN

COMUNICADO PUBLICO : Cuando una operación militar obliga a evacuar a niños con cáncer, ya no estamos ante un simple “incidente”: estamos ante el fracaso moral y jurídico de una política que coloca la fuerza por encima de la vida. AIDHDES condena los ataques estadounidenses en las inmediaciones del Hospital Shahid Baghaei de Ahvaz y recuerda que ningún interés estratégico, energético o geopolítico puede convertir a pacientes, médicos y hospitales en daños colaterales.

Ginebra, 16 de julio de 2026

La Asociación Internacional de Derechos Humanos y Desarrollo Social —AIDHDES— expresa su más firme condena ante los ataques ejecutados por fuerzas de los Estados Unidos en las inmediaciones del Hospital Shahid Baghaei, situado en Ahvaz, República Islámica de Irán, establecimiento especializado en la atención de pacientes oncológicos y pediátricos.

De acuerdo con la información disponible, las operaciones militares estadounidenses del 15 de julio alcanzaron distintos puntos de territorio iraní, incluidos emplazamientos próximos a dicho hospital. La situación obligó a evacuar temporalmente el establecimiento y a trasladar a 211 pacientes, entre ellos personas sometidas a tratamientos contra el cáncer y niños que requerían atención médica continua. Las fuentes consultadas confirman la evacuación.

Realizar operaciones militares en las cercanías de un centro hospitalario ocupado por pacientes particularmente vulnerables genera un riesgo previsible de muerte, lesiones, interrupción de tratamientos y colapso de servicios esenciales. Para un paciente oncológico y especialmente para un niño, la suspensión abrupta de una quimioterapia, una transfusión, una intervención quirúrgica o un tratamiento inmunológico puede producir consecuencias irreversibles.

Queremos recordar que el derecho internacional humanitario concede a los hospitales una protección especial. El artículo 18 del IV Convenio de Ginebra establece que los hospitales civiles no pueden ser objeto de ataque y deben ser respetados y protegidos en todo momento. La norma consuetudinaria aplicable a las unidades médicas exige igualmente que estas sean preservadas de los efectos de las hostilidades. 

La Organización Mundial de la Salud ha recordado que los ataques contra la atención sanitaria no solamente afectan edificios: privan a comunidades enteras de servicios indispensables, ponen en peligro al personal médico y deterioran sistemas de salud que ya operan bajo condiciones de guerra, sanciones y escasez. 

En consecuencia, AIDHDES considera indispensable esclarecer el tipo de armamento utilizado y las precauciones adoptadas, los daños materiales ocasionados y las consecuencias clínicas de la evacuación. Este bombardeo configura así graves violaciones del derecho internacional humanitario y reunidos los elementos jurídicos correspondientes, crímenes de guerra.

El incidente de Ahvaz no debe analizarse como un acontecimiento aislado. Se produce en medio de una escalada vinculada al estrecho de Ormuz, al control de rutas marítimas estratégicas, al comercio energético mundial y a la imposición de un bloqueo naval sobre puertos iraníes. Las operaciones estadounidenses han incluido ataques contra defensas costeras, emplazamientos de misiles e infraestructura relacionada con la capacidad iraní de controlar el tránsito marítimo. 

La conversión de los corredores energéticos en escenarios de confrontación demuestra hasta qué punto la seguridad colectiva continúa subordinada a relaciones internacionales profundamente asimétricas. La fuerza militar, las sanciones económicas, los bloqueos y el control de los circuitos financieros son presentados frecuentemente como instrumentos de “estabilización”, aunque sus efectos concretos recaen sobre trabajadores, familias, pacientes, niños y poblaciones que no participan en la toma de decisiones estratégicas.

Esta lógica consolida un orden en el que determinados Estados se atribuyen la facultad de emplear la fuerza, imponer restricciones económicas y definir unilateralmente qué gobiernos pueden ejercer plenamente su soberanía. La aplicación selectiva de las normas internacionales debilita la credibilidad del sistema multilateral y favorece una peligrosa normalización de la guerra preventiva, la negociación bajo amenaza y el castigo colectivo.

La Carta de las Naciones Unidas se funda en la igualdad soberana de los Estados y en la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza contra su integridad territorial o independencia política. Las diferencias relativas a la navegación, la seguridad regional, el programa nuclear iraní o cualquier otra controversia deben resolverse mediante negociación, mediación y mecanismos multilaterales, no mediante ataques que exponen a la población civil a consecuencias desproporcionadas. 

Dicho lo anterior, nuestra organización solicita :

  1. El cese inmediato de toda operación militar que pueda afectar hospitales, centros de tratamiento, ambulancias, personal sanitario y pacientes.
  2. Una investigación internacional independiente, con participación de las Naciones Unidas y de organismos sanitarios y humanitarios competentes, sobre el incidente ocurrido en Ahvaz.
  3. La publicación de información verificable sobre el objetivo atacado, las municiones empleadas, la evaluación de daños y las medidas adoptadas para proteger a la población civil.
  4. El acceso seguro de la OMS, el CICR y demás organizaciones humanitarias a los pacientes evacuados y a las instalaciones afectadas.
  5. El retorno inmediato a la vía diplomática, el respeto de la soberanía iraní y la renuncia a la utilización de bloqueos, sanciones y amenazas militares como mecanismos de imposición política.

AIDHDES reafirma que ningún interés geopolítico, estratégico, energético, comercial o militar puede situarse por encima de la vida humana. Un hospital infantil no puede convertirse en daño colateral de una disputa geopolítica. La protección de quienes padecen una enfermedad, de quienes ejercen la medicina y de quienes buscan refugio en un centro sanitario constituye una frontera jurídica y moral que ningún Estado tiene derecho a atravesar.

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