26 de diciembre 2025
La sesión extraordinaria del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas celebrada el 23 de diciembre de 2025, a solicitud de la República Bolivariana de Venezuela, constituye uno de los episodios más reveladores de la crisis contemporánea del orden internacional. No se trató únicamente de un debate sobre tensiones bilaterales, operaciones militares o sanciones económicas; fue, en esencia, una confrontación abierta entre dos concepciones antagónicas del sistema internacional: una basada en la Carta de las Naciones Unidas, la soberanía estatal y la solución pacífica de controversias, y otra fundada en la excepcionalidad, el unilateralismo y la fuerza como instrumento de gobierno global.
Como advirtió uno de los pensadores más inminentes del siglo XX y XXI, Immanuel Wallerstein, los momentos de crisis sistémica no son anomalías, sino puntos de inflexión donde se redefine la arquitectura del poder mundial. La sesión sobre Venezuela debe leerse precisamente en esa clave: como un síntoma avanzado del agotamiento del orden liberal-hegemónico y de la resistencia creciente del Sur Global frente a prácticas que vacían de contenido al derecho internacional mientras lo invocan retóricamente.

El núcleo jurídico del conflicto: la prohibición del uso de la fuerza
Desde el punto de vista estrictamente jurídico, el debate giró alrededor de un principio cardinal: el artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas, que prohíbe la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. Este principio —reforzado por la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General— no admite ambigüedades interpretativas.
La argumentación estadounidense, centrada en la invocación del artículo 51 (legítima defensa) para justificar operaciones militares en alta mar, ataques contra embarcaciones civiles y la imposición de un bloqueo naval y aéreo de facto, fue ampliamente cuestionada durante la sesión por Estados de diversas regiones, incluidos miembros permanentes y no permanentes del Consejo.
Como ha señalado en diversas ocasiones el Profesor estadounidense Alfred de Zayas, ex Experto Independiente de la ONU, la legítima defensa no puede convertirse en una cláusula general de habilitación del uso de la fuerza, menos aún en ausencia de un ataque armado real, inminente y atribuible. En el caso venezolano, no existe —como quedó reiterado en la sesión— ningún conflicto armado internacional ni no internacional que permita la aplicación del derecho internacional humanitario. En consecuencia, las muertes de civiles en operaciones marítimas constituyen potenciales ejecuciones extrajudiciales, regidas por el derecho internacional de los derechos humanos, no por el derecho de la guerra.

Sanciones, bloqueos y violencia estructural
Más allá del plano militar, la sesión evidenció el carácter estructuralmente coercitivo de las sanciones unilaterales y de los bloqueos marítimos y aéreos. Aquí resulta particularmente pertinente destacar que estamos ante una situación donde se expone la violencia estructural: aquella que no se manifiesta necesariamente mediante bombas o tropas, pero que priva deliberadamente a poblaciones enteras de los medios materiales para una vida digna.
Numerosas intervenciones en la sesión recordaron que las sanciones generales contra Venezuela —no autorizadas por el Consejo de Seguridad— han tenido un impacto desproporcionado sobre la población civil, limitando el acceso a alimentos, medicamentos, transporte, energía y servicios públicos básicos. En este sentido, la posición venezolana se alinea con una tendencia cada vez más reconocida dentro del sistema ONU: la necesidad de revisar críticamente el uso de sanciones unilaterales como instrumento de política exterior.
El politólogo, Prof. Samir Amin describía este fenómeno como parte del “imperialismo de las normas”, donde el centro del sistema-mundo impone reglas que él mismo se reserva el derecho de incumplir. La sesión del Consejo de Seguridad mostró con claridad esa asimetría: quienes invocan la legalidad internacional son, a menudo, quienes más sistemáticamente la vulneran.
La geopolítica del Caribe y la reconfiguración del Sur Global
La crisis en torno a Venezuela no puede disociarse de la reconfiguración multipolar en curso. El respaldo explícito de países como China y la Federación de Rusia, así como las posiciones matizadas pero firmes de Estados de África, Asia y América Latina, reflejan un desplazamiento progresivo del eje de legitimidad internacional.
China subrayó en la sesión principios que remiten directamente a su visión de seguridad común, integral y cooperativa: no injerencia, respeto a la soberanía y oposición al unilateralismo. Rusia, por su parte, denunció el uso instrumental de la lucha contra el narcotráfico como pretexto para la proyección de poder militar y el control de recursos estratégicos, actos ya conocidos en la región por la invasión a Panamá, República Dominicana, Cuba, Nicaragua, entre otros.
En contraste, las posiciones de Washington y varios Estados europeos evidenciaron una contradicción profunda: proclaman su adhesión a la Carta de la ONU mientras respaldan o justifican prácticas que la vacían de contenido. Es de esta manera que se sostiene una hegemonía que pende tanto por el consenso como por la coerción; cuando el consenso se erosiona, la coerción se vuelve más visible.

Derechos humanos: selectividad, politización y credibilidad
Uno de los aspectos más delicados del debate fue el uso del discurso de los derechos humanos. Si bien existen desafíos reales y documentados en Venezuela —como los hay en numerosos países—, la sesión puso de relieve un problema estructural del sistema internacional: la selectividad en la aplicación del escrutinio.
Son muchos los autores en ciencia política y derecho internacional que han señalado reiteradamente que los derechos humanos, cuando se instrumentalizan, pierden su función emancipadora y se convierten en herramientas de presión política. En este caso, surante la sesión, varios Estados recordaron que las violaciones de derechos humanos no pueden utilizarse para justificar intervenciones ilegales ni medidas coercitivas colectivas.
En este sentido, defender a Venezuela no implica negar los derechos humanos como lo manifestaron AIDHDES y Maloca Internacional en el dialogo interactivo del informe oral sobre Venezuela en este mes de diciembre en Ginebra (Suiza); implica ante todo defender su universalidad, indivisibilidad y despolitización, así como la primacía del diálogo, la cooperación y los mecanismos multilaterales genuinos.
Ver noticia : Venezuela ante el Consejo de Derechos Humanos: entre la defensa de la Carta de la ONU y la politización del sistema multilateral
América Latina como zona de paz y el papel de actores regionales
Un elemento central del debate fue la reafirmación de América Latina y el Caribe como Zona de Paz, proclamada por la CELAC en la ciudad de La Habana. Países como Brasil, Colombia, Cuba y otros actores regionales aparecen aquí como piezas clave. Colombia, en particular, ocupa una posición estratégica: su papel puede ser el de un vector de escalada o el de un puente diplomático, en función de si prioriza lógicas de seguridad externalizadas o una política exterior autónoma y regional.
Es aquí donde afirmamos que la defensa de la soberanía regional no es un acto retórico, sino una condición material para el desarrollo, la estabilidad y la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos que responde a la necesidad de la descolonización del derecho internacional y particularmente en este caso, de los derechos humanos.
Esta sesión concluye por ser un espejo del mundo que está naciendo y del mundo que se resiste a desaparecer sin importar las consecuencias ni las maneras.
Defender a Venezuela, en este contexto, es defender la Carta de las Naciones Unidas, la prohibición del uso de la fuerza, la soberanía permanente sobre los recursos naturales y el principio de igualdad soberana de los Estados. Las relaciones internacionales no son ajenas a las relaciones de poder material agregando además que el verdadero realismo hoy consiste en atreverse a pensar alternativas al orden que se presenta como inevitable.
La comunidad internacional se encuentra ante una disyuntiva histórica: permitir que el derecho internacional (que también requiere reformas desde las bases) sea sustituido por la ley del más fuerte, o reafirmar con coherencia y valentía, los principios que dieron origen a las Naciones Unidas tras la mayor catástrofe del siglo XX. En esa disyuntiva, la defensa de Venezuela no es una causa aislada: es una causa universal.
Próximamente aquí la totalidad de la sesión en el Consejo de Seguridad de la ONU desde Nueva York (USA).

